Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los abogados Alfredo Mendoza Almario y Alirio Molina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 12.355.065 y 11.372.134, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 28.068 y 173.816, en su orden, domiciliados en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano MIGUEL ANTONIO PLAZA LOPEZ, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.793.822, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, contra INVERSIONES Y CONSTRUCCIÓN EL NORTE C.A. (INCONORCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción .....