REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 15 de Enero de 2020
209º y 160º
Vista la diligencia presentada por la ciudadana AIDEE JOSEFINA VASQUEZ FRANCO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.346.426, asistida por el abogado Celis Martin numero de cedula de identidad Nº V- 10.739.690, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 168.014, con el fin de solicita el abocamiento del juez suplente, abogado Johnny Ceballos Reyes, este juzgado acuerda conforme a lo prescrito en los artículos 2, 7, 26, 257 y 305 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 10 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, ordena la reanudacion del tramite luego de transcurrido los 3 días a los que contrae el referido dispositivo legal, es todo.
El Juez Suplente,
ABG. JOHNNY LEONEL CEBALLOS REYES
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