Se declaró: 1. INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación, interpuesto en forma conjunta con medida de amparo constitucional cautelar, presentado por la abogado Saida García Haslam, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 68.241, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Roger Moreno Manzabel, Tulio Barreto y Willyams Maury Verenzueka, titulares de la cédulas de identidad Nros. 12.606.944, 11.183.217 y 9.432.737, respectivamente. y; 2. DECLINA LA COMPETENCIA por ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.