Por las consideraciones anteriores, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERDIDA DEL INTERES, en la presente causa y, en consecuencia, se ordena la SUSPENSIÓN de las medidas acordadas en fecha 1° de junio de 2005, líbrese oficio a la Depositaria Judicial Carabobo, a los fines consiguientes.