DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara la cesación de la medida de Semilibertad, en favor del adolescente, por la comisión del delito de Robo Simple, previsto en el artículo 457 del Código Penal anterior. Notifíquese de la fundamentación realizada en esta fecha.
El Juez de Ejecución.
Abog. Gerardo Pastor Arias
La Secretaria de Sala