Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de entrega del vehículo Placa: SAH11H, Marca: Chrysler, Modelo: Neon Básico Sin, Año: 1998, color: rojo, clase: Automóvil, tipo: sedan, Uso: formulada ante este despacho por el ciudadano ENGERMANN MUSSO VEGAS, abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 119.518, actuando en condición de Apoderado Judicial y por ende en nombre y representación del ciudadano ENRIQUE ALEXANDER CÁRDENAS RUEDA, portador de la cédula de identidad N° 10.162.424, no obstante a tenor de lo dispuesto en el primer aparte del artículo 311 se encuentra en la obligación de presentarlo ante las autoridades correspondientes cada vez que le sea requerido, en consecuencia ofíciese lo conducente a Gruas Or.....