En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito, y Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción. Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 04 de diciembre de 2009, por el ciudadano REMIGIO PARENTE PARENTE, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil EDALPE CONSTRUCCIONES C.A, asistido por el abogado VICTOR SCOCOZZA PIÑANGO, contra la sentencia interlocutoria dictada el 26 de noviembre del 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que negó la solicitud de medida de embargo preventivo, solicitada por la parte demandante.- SEGUNDO.- LA NULIDAD de la sentencia dictada el 26 de noviembre de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Me.....