DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE, la demanda por ACCIÓN REINVINDICATORIA, intentada por el ciudadano: WILLIAM PASTOR SIVIRA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.373.436, asistido por el Abogado en ejercicio GILLBERT ANDRES GARCIA CASTILLO, inscrito en el I. P. S. A. bajo el N° 104.256, en contra del ciudadano: JOSE DURAZNO SOTO ROSALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 10.740.885.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUN.....