CONDENA al ciudadano Julio José Zapata González, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.893.645, de 27 años de edad, nacido en fecha 26-11-1987, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos Mayra González y de Félix Zapata, y residenciado en las Colinas de Campeche, calle principal, casa Nº 08, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Antonio Ramón Villarroel; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad. Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquesele a la víctima. Remítanse las presentes actuaciones a la Unidad de Jueces de Ejecución de esta sede judicial, transcurrido como sea el lapso legal. Quedan las partes notificadas, en atención al c.....