Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Regulada la competencia, se declara competente para seguir conociendo de la presente causa al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Así se decide. SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Juzgado declarado competente. TERCERO: No hay condenatoria en costa, dada la naturaleza de la presente decisión. Así se decide.--