Ahora bien al entrar en vigencia el Decreto, hoy Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su Articulo 263, se indica la aplicación para la acciones petitorias en el juicio declarativo de prescripción, la acción de deslinde de propiedades contiguas se tramiten por los procedimientos previstos en el Código de Procedimiento Civil, no se incluye así en esta norma los juicios ejecutivos, por ejemplo entre los cuales se encuentra el procedimiento monitorio intimatorio, la ejecución de prenda, ejecución de hipoteca y ello de alguna manera obligaba a esta jurisdicción la aplicación del procedimiento ordinario agrario a esos juicios ejecutivos. En ese sentido tomando en consideración la doctrina reiterada por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia vinculante para esta jurisdicción, el procedimiento para ventilar las acciones posesorias es el previsto en el Código de Procedimiento Civil, no se incluye en el Artículo 263, la acción posesoria, por.....