Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: REVISA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, impuesta al ciudadano RAFAEL ANTONIO VARGAS DURAN, titular de la Cédula de Identidad Nº: 7.354.962, y acuerda SUSTITUIRLA SOLO POR LA PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA TREINTA (30) DÍAS, ante la taquilla de presentación de imputados de este Circuito Judicial Penal, Revocando la Prohibición de Salida del estado Lara. Todo conforme a lo establecido en los artículos 256 ordinal 3° y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las Partes y al Acusado.