Por tal razón, a pesar que no consta en autos que el empleador verificara los montos declarados por el trabajador, ello no autorizaba a éste a falsear la realidad, para obtener beneficios económicos, que luego, en sede judicial, pudieran calificarse como salario.
Al no constar en autos que fuera una política de la empresa permitir al trabajador alterar los montos de gastos para "disfrazar" el salario, se niega el carácter salarial de los mismos.
Con fundamento en lo anterior, no le corresponde al trabajador, ninguna de las diferencias demandadas. Por todo lo expuesto, se declaran sin lugar las pretensiones del actor. Así se decide.-