Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, este Juzgador observa que el lapso estipulado para la consignación la ampliación de las pruebas que fungen como instrumentos fundamentales de la presente acción se encuentra vencido, es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente demanda. Y así se decide.-