Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y con fundamento a los establecido en los artículos 75, 76, 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3, 18, 19, 24 de la Convención de los Derechos del Niño, 7, 10, 32, 41, 42, 53, 54, 396, 397 y 398 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procediendo en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declarada CON LUGAR la solicitud de COLOCACIÓN FAMILIAR, a favor del adolescente (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) en el hogar de la ciudadana: CARMEN ROSA CALZADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 9.297.802 y domiciliada en la calle Aura Velásquez, sector Cementerio, casa S/N a dos (2) cuadras del Mercado de Caripe, Municipio Caripe del estado Mona.....