DECISIÓN
Por lo antes expuesto y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la responsabilidad penal del adolescente, por los delitos de Posesión Ilícita de Drogas y Falsa Atestación Ante Funcionario Público, previstos en los artículos 153 de la Ley Orgánica de Drogas y 320 del Código Penal y lo sanciona con las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año, previstas en los artículos 620 literales b, d, 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y decreta el cese de la medida cautelar impuesta y ordena su libertad