Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA PRIMERO.- Declara el Archivo de las Actuaciones en esta Causa, seguida en contra del Imputado de Autos FERNANDO RAMON MUJICA, quien es venezolano, portador de la Cédula de Identidad No. 12.432.349, por la presunta comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, reformado. SEGUNDO.- En consecuencia el cese de las Medidas Cautelares a las cuales ha estado sometido el ciudadano FERNANDO RAMON MUJICA, ampliamente identificado en actas desde la fecha de su presentación. por lo que se ordena la devolución de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en la oportunidad legal correspondiente. ASI SE DECIDE. Regístrese la presente Resolución Notifíquese al Fiscal del Minist.....