T E R C E R O
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUN-DO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de interdicción provisional de la ciudadana Nelly Margarita Sánchez Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.822.207. Se de-signa como tutor interino a la ciudadana Juana Pérez de Sánchez, vene-zolana, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-7.172.230, domiciliada en la entrada a Las Joveras, Vía Carretera Panamericana, casa No.52 Jurisdic-ción del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo del Estado Carabo-bo, con el carácter de madre de la ciudadana interdictada provisionalmente, conforme al artículo 396 del Código Civil en concordancia con los artículos 733 y siguientes del Código de Procedimiento Civi.....