En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa, seguida al ciudadano DENNY GREGORIO PACHECO SEQUERA, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad V.- 22.188.173, Soltero, residenciado en el Barrio Las Clavellinas, calle 8, casa Nº 40, Barquisimeto estado Lara, por la presunta comisión del delito de ROBO SIMPLE Y LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en los artículos 455 y 415 respectivamente del Código Penal, por hecho cometido en perjuicio del ciudadano Wilfredo Felipe Morales.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actuaciones y objetos que se inca.....