este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el imputado GREGORIO JOSE SUAREZ MARCANO, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad numero 23.806.025, residenciado en el barrio boca de sabana, sector río caribe, de esta ciudad del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse el imputado presuntamente incurso en la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, EN PERJUICIO DE OSCAR RODRÍGUEZ Y EL ESTADO VENEZOLANO, previstos y sancionado en los artículos 5 y 6, ordinales 1, 2, 3, 8, 10 y 12 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotores y articulo 218, ordinal 1 del Código Penal.