TERCERO:
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Esta-do Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Ve-nezuela y por autoridad de la Ley declara parcialmente con lugar la demanda por presta-ciones sociales interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSE ROMERO MARIN, asis-tido de la Abogada ESTILITA RUIZ contra la Sociedad de Comercio DIQUES Y AS-TILLEROS NACIONALES, C.A. (DIANCA) -de las características que constan en au-tos-, quedando la parte demandada obligada al pago de la cantidad de dinero que resulte de la experticia complementaria del fallo conforme al Artículo 249 del Código de Proce-dimiento Civil, practicada de la manera que queda expresado en esta decisión, al cual se encomienda la misión de calcular las prestaciones sociales del trabajador, con aplicación de salario mínimo nacional urbano, conforme a las estipulaciones.....