En esta misma fecha se publicó auto en donde se acordó ORDEN JUDICIAL DE CAPTURA y PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAIS, para el ciudadano ALBERTO ROMERO ARQUIMEDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.794.401, con domicilio en la calle El Amor, casa s/n, Barrio San Agustín, Estado Carabobo, todo de conformidad con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECIDE. Cúmplase. Ofíciese lo conducente a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y al Ministerio del Interior y Justicia.