declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados: Brenda Arcay y Alberto Jiménez López, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano: FRANCISCO JOSE FARIAS RODRIGUEZ, SEGUNDO : Anula la decisión dictada en fecha 1° de Agosto de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, que declaró abandonada la acusación privada interpuesta por el ciudadano: FRANCISCO JOSE FARIAS RODRIGUEZ, así como todos los actos subsiguientes a ella y Repone la causa al estado de que otro juez de juicio de este Circuito Judicial Penal fije la audiencia especial de conciliación con estricto observancia de las previsiones contenidas en el artículo 409 del Código Orgánico Procesal penal.