Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio No. 4 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECIDE: DECLINA LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL, Presentada por el Ciudadano; ANTONIO JOSE VALERA, asistido en este acto por la Abogada Milagro Coromoto Riera, ordenándose así su remisión de las presentes actuaciones a la Corte de Apelaciones de este Estado, conforme a lo establecido en el articulo; 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Es todo, Regístrese, Remítase, Cúmplase lo ordenado.