Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSE LUIS CARDOZA, contra INSTITUTO AUTONOMO MERCADO MUNICIPAL (I.A.M.M.)
SEGUNDO : SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de VEINTE MIL CIENTO TREINTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 20.132,00), por los conceptos de Antigüedad 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, bonificacion , Vacaciones y Bono Vacacional, indemnización del articulo 125 de la L.O.T, determinados en el cuerpo de esta sentencia, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses de prestaciones sociales, intereses de mora e indexación monetaria, dichos conceptos serán calculados por un único experto, mediante una Experticia Complementaria del fallo, cuyos honorarios serán a cargo de la demandada. Y ASI QU.....