-III-
DISPOSITIVA:
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE LA PRETENSION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, instaurado por la Ciudadana Anadielys Torres Nieto, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad No.- 7.431.740, actuando en su carácter de accionista y representante legal de la empresa DISEÑOS Y COLORES, C.A constituida por ante el registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha 20 de agosto del 2006, inscrita bajo el No.- 60,Tomo 39-B respectivamente y de este domicilio, contra actuaciones judiciales del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de La Circunscripción Judicial del Estado Lara; SEGUNDO: Se Exonera a la acc.....