En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas número 1 de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del estado Lara, en contra del ciudadano JUAN CARLOS LIENDO LÓPEZ, identificado con la cédula de identidad número V.-13.188.820, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana MAYEIS CARÌN MORALES ESPAÑA, con cédula de identidad número V.-14.855.668. SEGUNDO: Se admiten todos los medios de prueba presentados por la fiscala del Ministerio Público en su escrito acusatorio, por ser licitas,.....