En consecuencia y visto que la opinión del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° en relación con los artículos 510 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo , al Penado Kelvin del Valle Làrez Rodríguez, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.202.842, de estado civil soltero, nacida en fecha 02-04-85, de Profesión u oficio Albañil, hijo de Erasmo Lara y Ángela Rodríguez, residenciado en la Salina, Calle Principal, casa N° 56 de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, ya que el mismo no reúne.....