DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO SIN LUGAR, el recurso de apelación formulado por la Asociación Civil CENTRO SOCIAL sin fines de lucro MADEIRENSE DE VALENCIA, SEGUNDO: CONFIRMADA, la sentencia recurrida.
TERCERO: IMPROCEDENTE LA MEDIDA CUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS interpuesta por la Asociación Civil CENTRO SOCIAL sin fines de lucro MADEIRENSE DE VALENCIA, contra la Providencia Administrativa N° 1633, dictada por la Inspectoría del Trabajo César “Pipo” Arteaga de los Municipios San Diego, Naguanagua y Parroquias San José, Catedral y Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, que declaró Con lugar la solicitud de Reenganche y pago de de los salarios caídos interpuesta por la ciudadana YUSNEIDY ABREU PEEIRA.
Notifíquese media.....