III
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos por la Asociación Civil denominada ASOCIACIÓN NACIONAL DE CULTIVADORES DE ALGODÓN (ANCA), inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de la Cuarta Circunscripción Judicial de Maracay del Estado Aragua, bajo el Nº 3332 de fecha 30 de Noviembre de 1945, bajo el Nº 37, folios 11 vto., protocolo primero, Tomo II adicional, 2do. Trimestre; contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 390-09, expediente Nº 001-2009-06-00019, de fecha 04 de agosto de 2009, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE ACARIGUA DEL ESTA.....