De conformidad con los Artículos 2, 7, 25, 26, 49 y 253 de la Carta Magna, en concordancia con lo previsto en el Artículo 807, 822, 823 del Código Civil, Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, y la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del año 2009 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, este Juzgado de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del causante JOSE YOVANNY ALBARRAN BRICEÑO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, soltero, T.S.U. en Turismo, titular de la cédula de identidad N° V- 12.907.242, de este domicilio, hijo de la solicitante MARIA WENCESLA BRICEÑO DE ALBARRAN, venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V- 5.755.679, de este d.....