Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogado Ana Romero Coronel, en su condición de defensa del ciudadano RICARDO DANIEL LA CRUZ ESCALONA contra la decisión dictada por el Tribunal de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo en fecha 21 de Abril de 2015, publicado su texto integro el 24 de Abril del mismo año, en la celebración de la Audiencia de Presentación, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra el mencionado ut supra ciudadano, al no haberse evidenciado las violaciones alegadas. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión apelada. Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad remítase la causa al Tribunal de origen. Dada, firmada y sellada en la Sala Primera de .....