SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la MEDIDA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES Y ASEGURAMIENTO DE LA CONTINUIDAD DE LA INVESTIGACIÓN EN HORTICULTURA Y FITOPATOLOGIA.
TERCERO: se acuerda OFICIAR A LA FISCALÍA VIGÉSIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO a los fines que se inicien las investigaciones pertinentes en virtud de la tala observada y se instruyan los procedimientos correspondientes.
CUARTO: SE ORDENA al posgrado de Agronomía de la Universidad Centroocidental Lisandro Alvarado, bajo la coordinación del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente un plan interinstitucional de ejecución inmediata dirigido a la recuperación, rescate y rehabilitación en el lote de terreno ubicado sector Tarabana, de la ciudad de Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, donde tiene su sede el posgrado de Agronomía de la Universidad Centroocidental Lisandro Alvarado.
QUINTO: PROHIBE LA INTERVENCIÓN DE LAS ZONAS CUBIERTAS DE VEGETACIÓN en el lote de terreno ubicado.....