. Oída la exposición de las partes este Tribunal de Control Nº 1 administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad la Ley decide: Primero En virtud de que el Ministerio Público presentó actuaciones procedentes del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, con sede en Carora, iniciadas en fecha 12-09-2010, relacionadas con los homicidios de los ciudadanos Goyo Denni José y Nieves Miguel Alexander, se acuerda que la causa continúe por el procedimiento ordinario de conformidad con lo previsto en los artículos 550, 551, 552 y 553 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los artículos 280 al 283 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: A los fines de mantener vinculado al adolescente al proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 582 literal a de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impone al adolescente xxxxxxxxxxxxxL, la medida cautela.....