Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, a pagar la cantidad de: BOLIVARES TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 3.820.334,67).