Revisado el escrito contentivo de la Acusación presentado por la Representante del Ministerio Público y al constatarse que en el mismo se encuentran llenos los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, realizando el control formal y material de la acusación; este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en función de Control Nº 1, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, en contra del ciudadano: ANTONIO CASTILLO ANDRADES, venezolano de 29 años de edad, fecha de nacimiento 19-08-1.974, profesión u oficio chofer, natural de Araure Estado Portuguesa, residenciado en la avenida principal calle 1 casa son número, Barrio 12 de Octubre de Araure, Estado Portuguesa, cédula de Identidad N° 12.528.249, por la comisión d.....