Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al adolescente Identidad Omitida por razones de ley, debidamente identificado UT Supra, a cumplir la sanción de Libertad Asistida , por lapso de seis (06) meses, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Drogas, en la modalidad de ocultamiento, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. Asimismo, sólo con fines cautelares, se decreta la imposición de medida cautelar consistente en la presentación por ante este Tribunal a través de la Oficina de Alguacilazgo, cada cuarenta y cinco (45.....