D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Seguir la presente causa, seguida en contra del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad venezolano, de diecisiete (17) años de edad, por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos previstos en la LEY ORGANICA DE DROGA, de los denominados POSESION ILICITA, previsto en el artículo 153 de la ya menciona Ley, y HURTO AGRAVADO, previsto en el articulo 452 del Código Penal, de acuerdo a los trámites del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, desde la sede del Tribunal con la imposición de las si.....