DISPOSITIVA
Conforme a las exposiciones anteriores, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad al artículo 647 literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:
PRIMERO: Ratifica las sanciones de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, impuestas en fecha 07-02-2014, a la joven sancionada (se omite), por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado venezolano y Usurpación de identidad, previsto en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, siendo la libertad Asistida, consistente en las orientaciones psicológicas y el respectivo Seguimiento Social, a través del Equipo Multidisciplinarlo de la Sección de Responsabilidad Penal del Adole.....