En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo Segundo (12º) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia a nivel Nacional en materia de Extinción de Dominio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia, con lo dispuesto en los artículos 12, 206 y 243 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 8 de octubre de 2025, por el abogado en ejercicio HUÁSCAR FRANCOIS FOSSEY GUEVARA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.), bajo el N° 306.563, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano Antonio R. Velásquez Delgado, Juez Séptimo (7°) de Primera Instancia en lo Ci.....