Por lo expuesto, este Tribunal Penal en funciones de Juicio N° 4 Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley. DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud del acusador, en el sentido de que al agotarse los diez días, el 24/11/2005 sin que hayan comparecido los ciudadanos JOSE HUMBERTO VIVAS Y GUSTAVO EDECIO PADILLA a imponerse de la acusación incoada por JESUS MANUEL SANTIAGO LEON, por el delito de difamación, consagrado en el artículo 442 del Código Penal, se ordenara al funcionario al mando de la Comisaría Policial del Sector Las Piedras, Municipio Cardenal Quintero del Estado Mérida, localizar y trasladar a los citados ciudadanos hasta la sede de este tribunal, para imponerlos de la acusación en su contra y del derecho que tienen de designar defensor. Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA
ABG. SOBEYDA MEJIAS