Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentó la abogada LIUTMILA HERNANDEZ DE ALEZARD, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana ROSA NAVAS DE LOPEZ, en contra de los ciudadanos LIGIA HERNANDEZ DE RIVODO, ANTONIO JOSE RIVODO HERNANDEZ, LIGIA MARIA RIVODO HERNANDEZ, CARLOS ALFREDO RIVODO HERNANDEZ, CARMEN NORAIDA MENDOZA, representante legal de los menores JOSE ALEJANDRO RIVODO MENDOZA y JAIME ALBERTO RIVODO MENDOZA, en su carácter de Herederos del ciudadano ANTONIO JOSÉ RIVODO HERNÁNDEZ, todos identificados.
De conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, no se condena a la parte demandada al pago de las costas por no haber resultado vencida; y de conformidad con los Artículos 251, en concordancia con el Artículo 233 ejusdem, se acuerda notificar a las partes de la presente decisión. Regístrese. Publí.....