Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda por concepto de cobro de prestaciones sociales, daños y perjuicios y otros conceptos, interpuesta por la ciudadana BERTA MEGGIA WILLIAMS DE MORENO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.638852 y de este domicilio, contra la empresa FUNDACIÓN CLINICA ADVENTISTA y SOLIDARIAMENTE ASOCIACIÓN VENEZOLANA CENTRO OCCIDENTAL DE LOS ADVENTISTAS DEL SEPTIMO DIA Y UNIÓN VENEZOLANA ANTILLANA DE LOS ADVENTISTAS DEL SETIMO DIA.
SEGUNDO: Se condena a la empresa FUNDACIÓN CLINICA ADVENTISTA y SOLIDARIAMENTE ASOCIACIÓN VENEZOLANA CENTRO OCCIDENTAL DE LOS ADVENTISTAS DEL SEPTIMO DIA Y UNIÓN VENEZOLANA ANTILLANA DE LOS ADVENTISTAS DEL SETI.....