Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por terminado el presente asunto y en consecuencia continuará ejerciendo la Custodia para el debido ejercicio de la Responsabilidad de Crianza la madre ciudadana Raibelis Marianni Morales Oropeza, ya identificada, a favor de su hija la niña (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.), Mosquera, quien deberá velar por la crianza, formación, asistencia y aplicar los correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías y mantener su desarrollo integral.