TERCERO: En consecuencia se condena a la parte demandada sociedad mercantil GERENPRO S.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha veinticuatro (24) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), anotada bajo el número 35, tomo 2-A, modificados en varias oportunidades siendo la ultima en fecha trece (13) de noviembre del año dos mil doce (2012), representada legalmente por el ciudadano ANGEL MOLINA MEDINA, titular de la cédula de identidad número 10.477.324, a pagar a la parte actora sociedad mercantil SERVICIOS Y PROYECTOS RICELNOVA C.A, persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha nueve (09) de febrero de dos mil nueve (2009), anotada bajo el número 43, tomo 5-A, de los libros llevados por el registro, representada legalmente por el ciudadano RAENIER RAMON GONZALEZ FIGUERA, titular de la cédula de identidad número 11.212.114., la cantidad de SIETE MILLO.....