DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud Fiscal, se acoge la precalificación jurídica de ROBO AGRAVADO EN ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, con las agravantes previstas en el artículo 6 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores. SEGUNDO: Se decreta la flagrancia de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el artículo 557 ejusdem, y se ordena proseguir la causa por el procedimiento ordinario conforme a solicitud fiscal. CUARTO: Se le impone al adolescente (cuya identidad se omite de conformidad con los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), la medida de Detención Preventiva de Libertad, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por encontrarse llenos los extremos de .....