En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
• DESISTIDA la recusación planteada por el abogado FREDDY TORRES JIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº 94.981, en su carácter de apoderado judicial de parte actora en la causa signada con el GP02-L-2016-000815, contra la Juez Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial –abogada: CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
• Remítase copia de la presente decisión a la Juez recusada, a los fines de su control disciplinario.
• De igual manera notifíquese de la presente decisión a la Juez Tercera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial –sustituta temporal-.
• Líbrense oficios.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y fi.....