Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: JUAN ENMANUEL OCHOA, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, nacido en fecha 16-11-1985, de 35 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 20.795.949, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en el Barrio la Planta, Calle Principal, Casa sin numero, Parroquia Santa Rosa Municipio Valencia estado Carabobo, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, con un peso de CUATROCIENTOS CINCUENTA GRAMOS(450,00GRS), sentencia condenatoria por ADMISION DE HECHOS.