En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la Regulación de Competencia, por el abogado Salomón Espina en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano: German Espina Olivares, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-2.544.403.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se declara COMPETENTE para conocer de la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; ratificándose en consecuencia la recurrida, con la salvedad del cambio de motivación supra expuesta.
Tercero: No hay condenatoria en costa del presente recurso, por no ser procedente en los procedimientos de cobro de honorarios profesionales de abogados.
CU.....