En base a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA Sin Lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Agustín Ocanto Sánchez, en fecha 13 de octubre del año 2003 (f.120), contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara en fecha 06 de octubre de 2003 (fs. 114 al 119).
DECLARA Inadmisible la Acción Reivindicatoria incoada por el ciudadano Eustaquio Moreno Arroyo, contra los ciudadanos Gregorio Antonio Pérez, Tomás Antonio Pérez y Cecilio Antonio Pérez, ya identificados en autos.
Se ratifica la condenatoria en Costas a la parte actora perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se CONFIRMA la sentencia objeto de apelación. .
Expídase copia Certificada de esta decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese.